Título DECIMO - Prescripción

Artículos correspondientes a Título DECIMO - Prescripción

Capítulo I - Disposiciones generales

Capítulo II - Competencia constitucional de las autoridades del trabajo

Capítulo III - Procuraduría de la defensa del trabajo

Capítulo IV - Del Servicio Nacional de Empleo

Capítulo IX - Comisión nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las

Capítulo Único

Artículo 516°

Artículo 516

Las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible, con las excepciones que se consignan en los artículos siguientes....

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Artículo 517°

Artículo 517

Prescriben en un mes: I. Las acciones de los patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar descuentos en sus salarios; y II. Las acciones de los trabajadores p...

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Artículo 518°

Artículo 518

Prescriben en dos meses las acciones de los trabajadores que sean separados del trabajo. La prescripción corre a partir del día siguiente a la fecha de la separación. Este término se suspenderá a part...

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Artículo 519°

Artículo 519

Prescriben en dos años: I. Las acciones de los trabajadores para reclamar el pago de indemnizaciones por riesgo de trabajo; II. Las acciones de los beneficiarios en los casos de muerte por riesgos de ...

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Artículo 520°

Artículo 520

La prescripción no puede comenzar ni correr: I. Contra los incapaces mentales, sino cuando se haya discernido su tutela conforme a la ley; y II. Contra los trabajadores incorporados al servicio milita...

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Artículo 521°

Artículo 521

fracción III de esta Ley. Párrafo adicionado DOF 01-05-2019 En lo que se refiere al ejercicio de las acciones jurisdiccionales a que se refiere el primer párrafo, se estará a lo previsto en la fracció...

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Artículo 522°

Artículo 522

Para los efectos de la prescripción, los meses se regularán por el número de días que les corresponda. El primer día se contará completo, aún cuando no lo sea, pero el último debe ser completo y cuand...

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Capítulo V - Inspección del trabajo

Capítulo VI - Comisión Nacional de los Salarios Mínimos

Capítulo VII - Comisiones Consultivas de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos

Capítulo VIII - Procedimiento ante la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos

Capítulo X - Juntas federales de conciliación

Capítulo XI - Juntas locales de conciliación

Capítulo XII - De la Competencia de los Tribunales

Capítulo XIII - Juntas locales de conciliación y arbitraje

Capítulo XIV - De la Revisión de los Actos de Ejecución

Capítulo XIX - Procedimientos de los Conflictos Colectivos de Naturaleza Económica

Capítulo XV - De las Providencias Cautelares

Capítulo XVI - Procedimientos Ante las Juntas de Conciliación

Capítulo XVII - Del procedimiento ordinario

Capítulo XVIII - Del Procedimiento Especial

Capítulo XX - Procedimiento de Huelga

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